De acuerdo a la Resolución 000013 del 11 de febrero de 2021 la DIAN busca promover el uso de la Nómina Electrónica en el país el cual es un documento Electrónico Mensual similar al desprendible de nómina y documento equivalente de costos y gastos, que contendrá información detallada y firma digital de la empresa el cual será necesario para la deducción de costos y gastos en el impuesto de renta y el concepto devengado por su trabajo.  Además, es la mejor forma de obtener descuentos tributarios con el pago de nómina, mensual o quincenal.

Pero la pregunta es ¿Quiénes están obligados? ¿Debo yo realizar la nómina electrónica? La respuesta es que Todas las empresas y negocios, sin importar el número de empleados que tengan deben realizar este documento electrónico. Todos los contribuyentes tanto públicos como privados, que efectúan pagos o abono en cuenta derivados a la vinculación laboral, legal o reglamentaria y pagos a pensionados, que en todo caso requieran usar dichos pagos como costo o deducción

Las fechas de implementación si son diferentes para cada empresa ya que dependerá de su número de empleados, nosotros te contamos cuales son:

Entidades del estado de orden nacional y territorial: 30 de junio de 2021.
Sujetos no obligados a expedir factura electrónica: tienen como fecha máxima para iniciar su emisión de Nómina Electrónica el 31 de mayo de 2022.
Empresas con más de 251 empleados: tienen como fecha máxima para iniciar a generar Nómina Electrónica el 1 de julio de 2021.
Empresas con entre de 101 y 250 empleados: tienen como fecha máxima para iniciar a generar Nómina Electrónica el 1 de agosto de 2021.
Empresas con entre 11 y hasta 100 empleados: tienen como fecha máxima para iniciar a generar Nómina Electrónica el 1 de septiembre de 2021.
Empresas con entre 4 y hasta 10 empleados: tienen como fecha máxima para iniciar a generar Nómina Electrónica el 1 de octubre de 2021.
Empresas con entre 2 y 3 empleados: tienen como fecha máxima para iniciar a generar Nómina Electrónica el 1 de noviembre de 2021.
Empresas con 1 empleado: tienen como fecha máxima para iniciar a generar Nómina Electrónica el 1 de diciembre de 2021.

Los Datos:

  • Aquellas personas no obligadas a expedir factura, y que efectúen pagos de vinculación laboral (por ejemplo servicios domésticos) deberán presentar la nómina electrónica por dichos pagos a partir del 31 de mayo de 2022.
  • Todas estas empresas primero deben habilitarse en el servicio informático electrónico de nómina electrónica y tienen como fecha máxima el 31 de mayo de 2021 y los no obligados a facturar electrónicamente hasta el 31 de marzo del 2022.

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